Subasta SUB-JA-2026-264523 - LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Descripción de la Propiedad
URBANA: CUARENTA Y SIETE. VIVIENDA designable como izquierda, en el piso cuarto del cuerpo de construcción que tiene atribuido actualmente el número treinta y uno de la calle Montejurra, cuyo cuerpo es el portal número diez, bloque número seis, de la barriada de Nuestra Señora de La Paz, de esta Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. La vivienda ocupa una superficie aproximada de cuarenta y un metros setenta y cuatro decímetros cuadrados útiles. Consta de estar-comedor, tres dormitorios, cocina, cuarto de servicios higiénicos y solana-lavadero. Linda, vista desde el exterior: al frontis, con la vía de su situación; a la derecha, con la vivienda cuarenta y seis; a la izquierda, con la cuarenta y ocho; y al fondo, con la calle de las Angustias. Su cuota de participación es de un entero cuarenta y dos mil ochocientas cincuenta y siete cienmilésimas de otro por ciento. Tene concedida calificación definitiva de vivienda de protección oficial.
Según Certificación anexa Que a favor de DOÑA INMACULADA ACOSTA BARRERA y de DOÑA IVONNE SORAYA y DON ALEJANDRO JOSE, BATISTA ACOSTAS, figura inscrito el USO Y DISFRUTE de la indicada finca número 7.091 y el cual les fue atribuido en sentencia dictada el seis de junio de dos mil trece por el Juzgado Primera Instancia Número Quince de Las Palmas de Gran Canaria, en el Procedimiento Guardia Custodia y Alimentos menores no consensuados, autos sobre relaciones Paterno Filiales número 150/2013, y según testimonio de dicha sentencia, expedido el diecisiete de septiembre de dos mil quince por doña Monserrat Gracia Mor, Secretaria del citado juzgado
Análisis Legal y Documentación BOE
Extracción de Edictos Judiciales y Certificaciones de Dominio y Cargas
Desglose de Cargas y Gravámenes Registrales (1 resumen)
Según Certificación anexa
Datos Catastrales
Detalles del Proceso de Subasta
Estudio de Viabilidad
Mitigue el riesgo de la puja. Auditamos cargas registrales anteriores e IBI devengado antes de formalizar la fianza.